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Entre Ríos: proponen pensión de 5 mil pesos


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28/06/2016

El bloque de diputados provinciales del Frente Cambiemos llevó a la Cámara Baja un proyecto de ley para que se concrete una pensión de casi cinco mil pesos para losVeteranos de guerra de Malvinas...

(Análisis Digital, 24/06).- Se trata de una “pensión de honor" para todo ciudadano "que acredite fehacientemente haber sido movilizado al sur del Río Colorado y/o participado efectivamente de las acciones bélicas desarrolladas en defensa de nuestra soberanía sobre las Islas Malvinas, entre el 2 de abril y el 14 de junio del año 1982”. En caso de ser aprobada la iniciativa de Cambiemos, los veteranos de Malvinas tendrán cobertura médica a través del Iosper, como así también prioridad en la adjudicación de viviendas sociales del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (IAPV). En la última sesión de la Cámara de Diputados de Entre Ríos tuvo ingreso un proyecto de ley impulsado por el bloque Cambiemos que establece una “pensión de honor de veteranos de guerra de Malvinas” de casi cinco mil pesos destinada “a todo aquel ciudadano que acredite fehacientemente haber sido movilizado al sur del Río Colorado y/o participado efectivamente de las acciones bélicas desarrolladas en defensa de nuestra soberanía sobre las Islas Malvinas, entre el 2 de abril y el 14 de junio del año 1982”.

En la octava sesión del 137 período legislativo de la Cámara Baja ingresó un proyecto de Ley que crea una pensión no contributiva para veteranos de Malvinas por un monto equivalente al salario establecido en la categoría cinco del escalafón general de la administración pública provincial (4811 pesos), según publicó Aim Digital.

Asimismo, la norma determina que los veteranos de guerra tendrán cobertura médica del Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper), tendrán prioridad en la adjudicación de viviendas de programas sociales del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda (Iapv) y estarán eximidos del pago del Impuesto Inmobiliario provincial.

Por la misma norma se crea, en el artículo 15, el Registro provincial de veteranos de guerra de Malvinas, “ante el cual se acreditarán todos los ex combatientes que habitaran el territorio provincial reconocidos por la presente Ley” como también entidades conformadas por veteranos de guerra de Malvinas.

Finalmente se incorpora el tema Malvinas argentinas a los programas de estudio de la currícula elaborada por el Consejo General de Educación (CGE) para los niveles primario, secundario y terciario.

Requisitos y extensión del beneficio

Para percibir la pensión, los beneficiarios deberán probar que estuvieron “efectivamente en combate” y/o fueron “movilizados” al sur del Río Colorado, lo que se probará “mediante certificado expedido por la máxima autoridad militar del arma en la que el solicitante revistió”. También se exige “tener domicilio real con cuatro años inmediatos anteriores en la provincia de Entre Ríos a la publicación de la Ley 9216 (sancionada en 1999) y estar comprendidos en los términos de la Ley nacional 23.848 y sus modificatorias.

En caso de muerte del titular, el beneficio será extensivo a la cónyuge; la concubina que al momento del fallecimiento acredite haber convivido durante dos años previos al deceso, hijos hasta 18 años, hijos mayores hasta 26 años que cursen una carrera Universitaria, hijos discapacitados sin límites de edad y progenitores.

“La extensión del presente beneficio tendrá efectos aun cuando el causante hubiera fallecido antes de la entrada en vigencia de la presente Ley”, se aclara en el texto presentado en la Cámara de Diputados.

Para garantizar el pago de las pensiones, en el artículo 18 se autoriza al poder Ejecutivo a “modificar el presupuesto vigente, creando las partidas necesarias para atender las erogaciones que demande”. Será la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia la encargada de otorgar los beneficios.

“La sociedad sigue en deuda con los ex combatientes de Malvinas, que han ofrendando su vida, y han dado su mejor esfuerzo en una guerra desigual”, señalan los diputados en los fundamentos de la iniciativa y explican que el proyecto tiene como objeto principal “establecer un régimen de excepción de otorgamiento de beneficios jubilatorios entre otros, para los ex combatientes de Malvinas, que cumplieron con el deber de defender a la Patria siendo civiles y en cumplimiento del servicio militar obligatorio, vigente en aquel momento”

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